Vid del Tamarugal: Primera cepa autóctona de Chile

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La nueva cepa vinífera nacional, Vid del Tamarugal,  es producida en la localidad de Canchones, en plena Pampa del Tamarugal, y su descubrimiento ha sido catalogado como un hito en la innovación agraria en el norte del país.

Varios años de investigación pasaron para recuperar el material genético de las primeras vides plantadas en los oasis de la región de Tarapacá en el período de la colonización española, y que gracias a su sobrevivencia en el desierto más árido del mundo permitieron el descubrimiento de la primera cepa vinífera autóctona de Chile.

Así lo acredita la resolución emitida por el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, que durante tres años realizó un exhaustivo seguimiento al trabajo desarrollado por los investigadores de la Facultad de Recursos Naturales de la Universidad Arturo Prat (UNAP) de Iquique, para posteriormente inscribir a la “Cepa Tamarugal” en el Registro de Variedades Protegidas del SAG.

Este importante reconocimiento fue entregado en el marco del seminario sobre Innovación y Desarrollo Productivo organizado por la Corfo, de manos del propio Subsecretario de Agricultura, Claudio Ternicier, y el Director Nacional del SAG, Ángel Sartori, al Rector de la UNAP, Gustavo Soto, y al equipo de profesionales que dan vida al proyecto “Vino en el Desierto”.

“Este es el resultado de 30 años de investigación impulsada por profesionales de la Universidad Arturo Prat de Iquique, y donde el SAG realizó un acompañamiento cercano durante los últimos tres años. Durante ese tiempo nuestros técnicos midieron sistemáticamente las características físicas y varietales de la variedad Tamarugal, hasta alcanzar la inscripción de esta cepa en el Registro de Variedades Protegidas, según ley 19.342 que regula los derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales en el país”, señaló Sartori.

Cabe señalar que durante ese periodo el Servicio realizó fiscalizaciones y muestreos a vinos producidos en Canchones (Pampa del Tamarugal), y los resultados confirmaron que son completamente aptos para el consumo y están en cumplimiento de la normativa de la Ley 18.455.

“La inscripción de una variedad en el Registro de Variedades Protegidas le confiere a su titular el derecho exclusivo para multiplicarla. Cualquiera que desee producir, ofrecer, importar o exportar material de reproducción, debe contar con la autorización del titular del derecho”, agregó Sartori.

Fuente: Goretarapaca.gov.cl – El Portal del Chacinado

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